Nuevo limite para el aplazamiento de deudas tributarias
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Nota. Ya se pueden solicitar aplazamientos de deudas tributarias de hasta 30000€ sin aportar garantía.

El anterior límite era de 18000€

Se ha publicado en el BOE la Orden HAP/347/2016, de 11 de marzo, que eleva el límite exento de obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamientos o fraccionamientos de deudas de tributos cedidos a las Comunidades autónomas.

Anteriormente se había publicado en el BOE una Orden ministerial, con fecha 20 de octubre de 2015 que elevaba el límite a 30000€ para las deudas gestionadas por la Hacienda Pública Estatal.